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La enseñanza del Derecho Internacional Privado en las Ciencias Sociales.

 

Introducción

El presente documento es una glosa de la discusión que se tuvo durante la celebración del XXXVIII Seminario de Derecho internacional Privado, que se celebró el 22 y 23 de octubre de 2015 en el auditorio del Instituto de la Judicatura Judicial – Escuela Judicial. Esta reunión tuvo lugar bajo el marco de un proyecto PAPIME de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales en la que participaron cuatro profesores del Centro de Relaciones Internacionales de la propia Facultad.

El Tema general de la reunión fue “Los retos actuales del Derecho Internacional Privado” y dentro de ese marco se presentó el debate de estos destacados profesores sobre un tema muy sensible “La enseñanza del Derecho Internacional Privado en las Ciencias Sociales” El reto: una materia siempre apreciada por su carácter técnico jurídico cómo y para qué enseñarla a estudiantes de Ciencias Sociales. Ese es el objeto de la discusión que enseguida se transcribe.

XXXVIII Seminario Nacional de Derecho Internacional Privado: “Retos Actuales del Derecho Internacional Privado

Mesa I. La Enseñanza del Derecho Internacional Privado en Las Ciencias Sociales (Mesa Redonda):

Moderador: Dr. Leonel Pereznieto Castro

Participantes:

Dr. José Antonio Murguía Rosete

Dr. Juan Carlos Velázquez Elizarrarás Lic. María Virginia Aguilar

Maestro de ceremonias: Buenos días. Vamos a iniciar los trabajos después de la inauguración de este Seminario. La mesa número uno abarca un tema muy importante para la Academia, que es el de la enseñanza del Derecho Internacional Privado.

Ésta mesa ha sido coordinada por el Dr. Leonel Pereznieto Castro, que es uno de los miembros fundadores y decano de esta Academia. Tiene una muy amplia experiencia en el tema del Derecho Internacional Privado. Es profesor de Tiempo Completo del Centro de Relaciones Internacionales (CRI) de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales (FCPyS) de la UNAM, desde 1972. Doctor por la Universidad de París, Destacado editor, literato y un gran amigo de esta Academia, de todos nosotros.

En esta mesa va a estar acompañado por la profesora María Virginia Aguilar, del CRI – FCPyS, quien es egresada de la Facultad de Estudios Superiores Acatlán, además de ex Presidenta de esta Academia, asesora Externa de la Consultoría Jurídica de la Secretaría de Relaciones Exteriores en materia de regulación internacional de la Familia.

También lo acompañan el Dr. José Antonio Murguía Rosete, Profesor del CRI-FCPyS. Quien es doctor en Relaciones Internacionales, licenciado en Derecho y licenciado en Ciencias Diplomáticas de la UNAM y tiene experiencia como Director de la Facultad de Derecho de la Universidad La Salle, y de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales. Fue Consejero Técnico de la Comisión de Ingreso al Servicio Exterior de 1984 a 1988.

También nos acompaña el Dr. Juan Carlos Velázquez Elizarrarás, que tiene también una amplia experiencia, es licenciado en Relaciones Internacionales por la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales y de Derecho por la Facultad de Derecho de la UNAM, Maestría en Relaciones Internacionales y Doctorado en Ciencias Políticas y Sociales, ambos grados otorgados por la FCPyS. Es Investigador Nacional Nivel III del Sistema Nacional de Investigadores y tiene una amplia gama de publicaciones.

Dr. Pereznieto, le cedemos la palabra.

Dr. Leonel Pereznieto Castro: Muchas gracias. Vamos a dar inicio a esta mesa, que tiene una finalidad exclusivamente académica. En ella se tratará sobre el dilema de la exclusividad disciplinaria o de su necesaria interdisciplinariedad en el caso específico del DIPR En términos generales puede decirse que los juristas con mucha frecuencia –por nuestra formación- nos encasillamos en nuestra disciplina de tal manera, que no miramos a nuestro alrededor, a la sociedad y en consecuencia a las demás Ciencias Sociales. Como aquellas viejas polémicas en las que se discutía que el Derecho no era una Ciencia Social por tener una lógica y metodologías diferentes. Pero eso fue una falacia para justificar la separación. Qué metodología y lógica más diferentes utilizan un geógrafo y un comunicólogo para analizar fenómenos sociales y, sin embargo, en ambos casos son disciplinas propias de las Ciencias Sociales. Ese aislamiento en que se intentó someter al Derecho respecto de las Ciencias Sociales, en mi opinión, Puede tener muchas razones, pero hay una que quiero mencionar. En la época en que se plantea ese rompimiento, finales del XIX principio del siguiente, la carga dogmática en las teorías, provocó la separación. Un ejemplo fue la construcción que se hace del Derecho con la escuela de la Exégesis a principios del siglo XIX y con el positivismo se convirtió en un Derecho con objetivos específicos diferentes. Lo aisló.

Estamos ahora en una nueva etapa y el aislamiento disciplinario debe de desaparecer. Estamos ante un mundo social y políticamente complejo, los problemas o los asuntos requieren de un enfoque más amplio, que el estudiante entienda un método y una lógica con la cual se regulan las relaciones sociales en su proyección internacional. En el campo del Derecho pocas han sido las propuestas de una alternativa multidisciplinaria social. Sin embargo, la sesión de discusión de planes de estudio que terminó en octubre del año pasado en la FCPyS y a la que me he referido, provocó el inicio de otra discusión sobre el rescate de los orígenes sociales del Derecho a fin de ampliar su capacidad de discusión de los problemas que lo forman y lo transforman. No es posible que sigamos todavía pensando en términos kelsenianos de la teoría pura del Derecho. De este Escuela indudablemente se heredaron una serie de aspectos técnico – jurídicos que nos permiten descifrar problemas que se presentan con la aplicación e interpretación del Derecho pero que en tanto la concepción del Derecho como un orden desligado de la sociedad, es una discusión ya superada; y creemos que hay que rescatar la naturaleza, la sustancia, la fuerza del Derecho en la sociedad y en la Ciencia Política.

La expansión del DIPR, que es uno de los motivos fundamentales de este Seminario, lo que nos ha llevado a difundir en estos últimos treinta y ocho años, una serie de características de esta disciplina en ámbitos muy diferentes y que, por tanto, alcanza para estudiar áreas disciplinarias distintas que convergen en su proyección internacional; el comunicólogo tiene construido su mundo doctrinal a partir de lo internacional. El geógrafo depende de unas adecuadas estadísticas internacionales, cuando trata de estudiar al mundo. Lo mismo el politólogo internacional que interpreta también ese mundo internacional para observar y estudiar los fenómenos de poder que acontecen en ese ámbito. Lo mismo sucede con el Derecho y las Relaciones Internacionales, por buscar ámbitos cercanos. Un internacionalista requiere del DIPR para identificar en qué casos y para qué, se aplica tal o cual derecho o cuál debe ser la jurisdicción competente de los diferentes estados en juego. Hoy en día los internacionalistas, tienen una salida importante en las diferentes empresas que cada día requieren a un número mayor de operadores del comercio internacional dónde es indispensable conocer las normas que lo regulan. Por ello una discusión académica con propuestas interdisciplinarias puede ahora ser saludable, al menos para la reflexión sobre el tema.

La materia del DIPR es materia obligatoria desde hace cincuenta años, en la FCPyS y cada cierto tiempo, con motivo de la discusión y actualización de los planes de estudio, llevamos a cabo una reflexión sobre la materia. En esta ocasión queremos iniciar con esta reflexión, dentro de un proceso de cambio, un proceso de asimilación del DIPR en la mente de todos aquellos estudiantes que enfocan sus esfuerzos en las Ciencias Sociales, haciendo los énfasis correspondientes y la forma de abordar una disciplina de derecho estricto, como lo es el DIPR y qué sentido puede tener para las aspiraciones en el conocimiento de ese estudiante.

Buscamos, ante estas preguntas una reconstrucción del DIPR a partir de puntos de vista diferentes, de puntos de vista que puedan satisfacer ya hoy en día, a un número tan importante de estudiantes que cursan la disciplina. En estas circunstancias me permití solicitarles a los profesores aquí presentes que reflexionáramos sobre una serie de preguntas que nos llevarían en un primer momento –en una primera etapa- a la modificación, o al ajuste, de los planes de estudio de Derecho Internacional Privado en Facultades de Ciencias Sociales. Para que, si eso fuera posible, seguir discutiendo sobre otros pasos a dar.

Mi primera pregunta, que yo le pediría a los panelistas, fueran respondiendo de manera breve sería, si encuentran ustedes que hay que cambiar o modificar el actual Programa de Estudios del Derecho Internacional Privado en el campo de las Ciencias Sociales. Y le pediría a mi querido compañero y colega Dr. Antonio Murguía Rosete, que nos contestase a esta pregunta, y luego los demás panelistas.

Dr. José Antonio Murguía Rosete: Bueno, desde luego muy buenos días. En primer lugar, éstas son materias totalmente dinámicas y vivas, no es posible que nos quedemos fijos en un determinado momento. De hecho, ya hemos llevado a cabo bastantes modificaciones en los últimos cincuenta años a la materia. Prácticamente no reconoceríamos el programa original que teníamos hace cincuenta años respecto del que tenemos ahora; hemos cambiado muchísimo.

Dentro de otras cosas, hemos hecho caso a la gran apertura que se ha dado en el mundo: antes las personas que se movían de un país a otro eran realmente contadas, ahora son movimientos totalmente multitudinarios. Originalmente nosotros teníamos nuestra concepción de los conflictos de leyes en el espacio básicamente circunscritos al mundo occidental, así pues, nos fundamentábamos en aspectos de derechos que tenían su raíz en el Derecho Romano y en la filosofía judío-cristiana, pero poco a poco, y ahora en éstos últimos tiempos, de una manera realmente preocupante, se han expandido los negocios y se han expandido las relaciones de una manera tremenda.

El hecho de tener ahora relaciones con un mundo de Estados con los cuales antes, o no se tenían, o se les tenía en una situación totalmente de inferioridad (y los grupos que se movían más o menos soslayaban la existencia o pasaban sobre los derechos de otros pueblos), eso ya es parte del pasado. Encontramos situaciones realmente originales, citaré solamente un caso, uno que se presentó en Francia con una pareja del norte de África musulmana: el marido solicita divorcio, el juez francés dice “la legislación francesa concede el divorcio si también lo concede el divorcio la legislación musulmana; concretamente la de ese país ¿qué es lo que establece? que el hombre tiene en todo momento derecho a repudiar a la mujer, ¡ah!, concedo el divorcio”. Pero había un detalle que le brincó: el divorcio en su versión de repudio, en el derecho musulmán está supeditado a la devolución de la dote. Vean ustedes, una cuestión totalmente distinta a las que usualmente manejamos es este tipo de relaciones familiares.

Asimismo, encontramos otra serie de situaciones que se nos está presentando. La materia la hemos ampliado, tocamos aspectos de extranjería, de migración, nacionalidad. Yo me preguntó ¿cómo está esto de la migración? veamos cómo están los problemas actuales: tenemos ésta movilidad de la gente, que siempre se ha dado, pero tenemos la figura del asilado –persona que es personalmente perseguida-, tenemos la figura del refugiado – persona que huye de problemas genéricos que se están presentando en su país- pero estamos notando que ahorita que el 80% de los que están migrando a otros países van en busca del trabajo y se fusionan con los que van huyendo de las guerras.

Entonces tendríamos aquí otro tipo ¿de qué?, un refugiado económico que no contemplan las disposiciones legales. Y uno más: las personas que están siendo desplazadas por los acontecimientos ambientales, concretamente a la altura de las Islas Seychelles hay una serie de pequeños pseudo-Estados –se trataban como Estados insulares- que han tenido que emigrar porque la isla desapareció al subir el nivel del agua con motivo de la contaminación; y esta nueva figura, ¿dónde la ubicamos? ¿Ven ustedes que necesitamos no solamente revisar nuestro planteamiento, complementarlo, sino que además necesitamos tratar de incorporar esta serie de figuras? Y afortunadamente en foros como éste y en las universidades, donde tenemos a la gente que en el futuro pueden ser las que presente las iniciativas para las reformas legales. Tenemos la opción para influir en los futuros cambios.

Dr. Leonel Pereznieto Castro: Muchas gracias, Dr. Murguía. Le pediría ahora a la profesora María Virginia Aguilar que nos diera su punto de vista, sobre la pregunta que hice, por favor. Le repito: hay que cambiar o modificar el actual Programa de Estudios del Derecho Internacional Privado en el campo de las Ciencias Sociales.

Lic. María Virginia Aguilar: Muchas gracias. Primeramente, quiero agradecer a los organizadores, por haber me invitado a este foro, muchas gracias. Y desde luego, como profesora de Derecho Internacional Privado en la FCPyS creo que esto lo pensamos todos los profesores: nos ha superado la realidad. Entonces, las instituciones que tenemos como básicas en obligaciones, en contratos y en todos los ámbitos del Derecho ahora hay que adaptarlas a la sociedad, tenemos que adaptarlas a nuestra vivencia diaria.

Lo que antes era una familia de padre, madre e hijos, ahora se ha convertido en los míos, los tuyos y los nuestros, con las consecuencias y efectos relacionados. Pero, además, esos tuyos, nuestros y los otros vienen de diferentes países y sometidos a diferentes sistemas jurídicos. La problemática a la que nos enfrenta esto obliga a que los profesores entremos en el estudio y en la búsqueda de mejores soluciones dentro del Derecho Internacional Privado. Herramientas para entrar en su estudio y a través de él acceder al análisis de las convenciones internacionales, que nos ayuden a provocar estos cambios.

Dr. Leonel Pereznieto Castro: Muchas gracias. Le pediría yo al Dr. Juan Carlos Velázquez Elizarrarás que nos diera su punto de vista sobre este tema.

Dr. Juan Carlos Velázquez Elizarrarás: Sí, como no. Muchas gracias y muy buenos días a todos. Para mí es realmente un privilegio tener la oportunidad de estar en el Seminario.

Quiero decir que de estos Seminarios – ésta es la emisión número treinta y ocho- he tenido la oportunidad de asistir a algunos, no a todos, debo confesarlo, pero sí debo decir que el contenido y las propuestas que han surgido a lo largo de éstos treinta y ocho, treinta y siete años, han sido muy importantes para poder actualizar y ubicar en su justa dimensión la relevancia del Derecho Internacional Privado.

Simple y llanamente recordaré que ya tiene algunos años del Seminario –y esto se ha hecho público en la Revista oficial, que es la Revista de la Academia de Derecho Internacional Privado y Comparado- se ha propuesto, y esto tomando como referencia lo que está ocurriendo en otros países como Suiza, Japón y otros más en nuestra propia América, la necesidad de generar una Ley de Derecho Internacional Privado en México. Esto es fundamental, y al margen de esto, también se han hecho una serie de propuestas a lo largo de éste importante Seminario que hemos retomado en la Academia y en la práctica.

Yo quiero señalar, entre otras situaciones, que el proceso global que generó repetida referencia en los foros, en la práctica misma, el fenómeno global ha impactado en todas las ciencias, en todos los aspectos del quehacer humano y evidentemente al Derecho. Hemos percibido en la Academia, en la Universidad Nacional, tanto en las Facultades de Derecho, como en las de Ciencias Políticas y también en otras universidades extranjeras, ésta necesidad de identificar en un primer momento cuáles son las nuevas realidades que enfrenta el Derecho, el Derecho Internacional en éste caso como un todo, al margen de si sea Público o Privado –creo que la intervención de hace un momento del Señor Presidente de la Segunda Sala lo confirmó, es decir, toma un asunto público y que está imbricado con lo privado-. Entonces, ésta primera necesidad de identificar las grandes características que tiene la disciplina es fundamental, y de allí derivar o en lo cual es la problemática que se presenta, y ya en el terreno de su enseñanza-aprendizaje, que también eso es en lo fundamental en las escuelas y Facultades de las universidades.

Nosotros hemos identificado, en este sentido, que el Derecho Internacional tiene una relación muy importante, muy identificada, de características: una de ellas, bueno, es que lo público y lo privado cada día entran en mayor imbricación, que ahora es cada vez más difícil identificar con claridad dónde comienza lo público y dónde termina lo privado. Así como que todo el Derecho está sufriendo una trasformación vertical y horizontal: nuevos sujetos, nuevas materias, nuevos temas, se está haciendo más técnico cada vez el Derecho; también es necesaria la participación de los técnicos, no precisamente elaborando la ley, pero con muchas de las nuevas disposiciones del Público y el Privado abordan materias técnicas. Esto requiere que el legislador se apoye suficientemente de profesionales de estas disciplinas como se decía hace un momento en materias como la Salud misma, cuestiones ambientales, cuestiones que tienen que ver con el genoma, etcétera, etcétera.

Esto nos ha llevado, en particular en las Facultades de Derecho y de Ciencias Políticas y Sociales, a entender primero que el derecho no es un patrimonio de las Facultades de Derecho, el Derecho Internacional es una Ciencia Social, en verdad. Y eso nos ha llevado a la necesidad de ubicar la disciplina, a revisar los contenidos de los programas, de los planes de estudio, e incluso su ubicación en cuanto a en qué semestre incluso debe de impartirse.

En fin, los aspectos generales –para después entrar al contenido ya de la disciplina, y ahí, créanme, en los últimos años hemos vivido ya algunas reformas y cambios en los contenidos de la disciplina.

Yo nada más quisiera agregar finalmente que cuando fue la huelga de la Universidad, la última huelga, una huelga infausta, de la del ’99, estuvo parada nuestra Universidad un año (nunca había habido una huelga tan larga), a mí me hizo un llamado el Consejo Técnico de mi Facultad para consultarme en relación con un problema de la materia: por un lado, el bajo nivel de asimilación de la materia por parte de los alumnos y segunda, el alto índice de reprobación. Entonces me pidieron hacer un diagnóstico y hacer una propuesta. Esto nos llevó a reunirnos pues con los compañeros de los Seminarios y comenzar a identificar estos problemas para tratar de presentar programas más actuales y que respondieran mejor a las necesidades, que estaban cambiando.

Dr. Leonel Pereznieto Castro: Muchas gracias. Ahí tenemos un primer panorama, hay énfasis que son importantes: un país como México que reúne una serie de características que no fácilmente se pueden encontrar en otros países, somos un país de inmigración, somos un país de emigración y somos un país de retorno. Estamos conscientes que como país que se está desarrollando de manera importante desde el punto de vista económico, vamos a seguir teniendo de manera incremental inmigraciones, sobre todo de personas que vienen de Centroamérica y muchas también que ya empiezan a llegar de Sudamérica.

Tenemos que estar muy muy claros en cuanto a que nuestra materia, por razones históricas, incluye el tema de la condición jurídica de los extranjeros, ese derecho de los extranjeros a poder vivir en nuestro país, a poder encontrar en nuestro país su futuro y el futuro de su familia bajo el esquema aquel que nos decía el profesor Bernald Goldsmith* -argentino él-, del derecho de la tolerancia.

Debemos entonces, empezar a discutir en nuestra materia, en el campo de la condición jurídica de los extranjeros, el problema ya en sí de las migraciones y del derecho de estos extranjeros a vivir junto a nosotros. Y pedir al mismo tiempo, exigir al mismo tiempo, a otros países, como en el caso de los Estados Unidos, un trato justo para nuestros nacionales. Es claro que el Derecho de la Familia, que siempre hemos manejado de una manera quizá demasiado técnica, ahora la tengamos que visualizar desde una perspectiva mucho más amplia para dar un trato justo a estas relaciones familiares a nivel internacional. Aquí yo plantearía una segunda pregunta, que sería la siguiente: nosotros estamos dentro del campo de las Ciencias Sociales, en contacto con diferentes disciplinas, la más inmediata a nosotros es la de las Relaciones Internacionales, debemos de preparar a especialistas en Relaciones Internacionales que son los que cumplen una serie de funciones en el ámbito nacional con respecto a la interrelación con otros países.

También estamos muy cercanos a la disciplina de las Ciencias de la Comunicación, en nuestra disciplina, que ha estado de alguna manera limitada en su difusión, quizá a través de los científicos de la comunicación puedan lograr esa expansión, o esa difusión que nosotros perseguimos. Está también la parte sociológica, los que trabajan en el ámbito de la sociología pues tienen que también aportar también un punto de vista para nosotros en la medida en que estamos trabajando en una materia que no solamente estudia las necesidades nacionales, sino las necesidades internacionales de los individuos y de las sociedades. Mi pregunta es, sería para ustedes, ¿en qué medida podemos nosotros pensar en ese vínculo, en esa interdisciplinariedad necesaria de nuestra disciplina con otras disciplinas de las Ciencias Sociales? Y le pediría al Dr. Murguía Rosete que nos contestara

Dr. José Antonio Murguía Rosete: Bueno, en realidad esta materia tiene que ver con muchísimas cosas y hay aspectos realmente delicados en lo que mencionó nuestro querido maestro. Podemos notar nosotros en primer lugar esto con las Ciencias de la Comunicación:

¿en qué medida nosotros no solamente tenemos que fijarnos en los aspectos legales sino en la forma en la cual se comunican? Consideren ustedes lo que pasó en el caso de España, en el caso de España concedieron la nacionalidad vía la Ley de la Memoria Histórica para todos los descendientes de los emigrantes en el siglo, prácticamente, y aparte regularizaron a los migrantes que ya estaban trabajando en España –alrededor de unos 900,000, más- ¿qué pasó? El efecto llamado, la gente se fue sobre España y le creó un conflicto con la migración.

Saber manejar, no solamente las figuras jurídicas, sino también cómo transmitirlas es todo un arte, porque de otro modo nos metemos en problemas. Nosotros aparte tenemos que preparar gente para los Consulados, tenemos una población migrante que se puede considerar en los diez millones en los Estados Unidos (en realidad nadie sabe cuántos son, porque es muy difícil contarlos y localizarlos, pero se puede estimar que sea cierto). ¿Qué cantidad de problemas de tipo familiar sencillamente se presentan con estas gentes?

Necesitamos mandar gente no solamente bien preparada, sino entrenada, que haya tenido práctica. Por eso nosotros partimos de la base de que el sistema de casos al estar viendo esta materia, es clave. ¿Por qué? A le gente luego se le puede olvidar la norma, el contenido, pero si le quedó el caso, puede rastrear y reconstruir la situación.

No abundaré más, pero esta materia realmente tiene que ver con muchísimas cosas y por eso es una materia tan pesada, porque tiene demasiado contenido, demasiada información, y aunque nosotros tratamos de hacer que la gente lo que sepa es formarse, entrenarse en manejar sistemas –no memorizar, no aprender- saber el fondo de la figura.

Dr. Leonel Pereznieto Castro: Muchas gracias, maestro. Le pediría yo a la profesora Aguilar que nos expresara su opinión sobre la pregunta, por favor.

Lic. María Virginia Aguilar: Muchas gracias. Yo soy exactamente de la opinión del profesor Murguía, porque en la materia de Derecho Internacional Privado tenemos que incluir casos prácticos, la enseñanza en relación a los casos prácticos y la forma de mostrar de qué manera introducirnos los nuevos conceptos de los Convenios y ahora el tema de los Derechos Humanos, que no nos rebase en cuanto a la práctica, porque ahora todo es Derechos Humanos y entonces ¿dónde podemos focalizarnos para que verdaderamente produzcan un efecto? Y sobre todo que, ahora con todo lo que tenemos de Internet y toda la comunicación que se puede obtener, que los alumnos vean en el día a día, qué conceptos de Derecho internacional Privado los tenemos diariamente (ininteligible) en vida diaria, en realidades y provocar la solución en la medida en que lo piensen: ¿cómo podemos enfocar la solución en cuanto a las diferentes disciplinas, pero desde el punto de vista nacional e internacional?

Dr. Leonel Pereznieto Castro: Muchas gracias. Muchas gracias. Dr. Velázquez, por favor.

Dr. Juan Carlos Velázquez Elizarrarás: Sí, muchas gracias. Bueno, ésta pregunta que nos plantea el Dr. Pereznieto a mí me lleva a recordar el, o la necesidad de definir los contenidos de los programas, que señalaba yo anteriormente. Yo he notado un fenómeno, y se lo comento a mis alumnos tanto en Derecho como en Ciencias Políticas, de que hay una especie de zona gris: a los muchachos de las Facultades de Derecho, los asuntos internacionales hasta hace muy poco les eran poco atractivos, independientemente de que las materias internacionales estaban, están ubicadas en los semestres terminales, o sea, yo notaba escaso interés por los asuntos internacionales; y en la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales y Facultades afines –la propia… e inclusive de Historia, notaba yo que hay un escaso interés por el Derecho y esto lo digo en particular en los especialistas en Relaciones Internacionales, un escaso interés por el Derecho. Entonces hay una especie de zona gris: a los que estudian Derecho les importa poco, les interesa poco lo internacional y a los internacionalistas les importa poco lo jurídico.

Entonces, hay una parte ahí que hay que atender, ¿no? Y esto me llevaría al segundo punto, el no dejar de lado, al margen del fenómeno global, que el Derecho Internacional es una disciplina compleja, de una enorme extensión vertical y horizontal, como lo señalaba. Es decir, esto me llevaría a pensar que en las Facultades de Derecho debe de considerarse que el Derecho Internacional Privado y el Público mismo –pero en este caso el Privado en particular- están relacionados con todos los campos del Derecho, llámese, Derecho -no sé- Constitucional, Administrativo, Civil, Mercantil, etcétera. Es parte de la complejidad.

Y del lado de las Ciencias no jurídicas, fuera de las Humanidades mismas, y atendiendo ya la pregunta concreta que plantea el Dr. Pereznieto, pues creo –y aquí debo de señalar- que se han privilegiado las relaciones públicas internacionales, al menos esa es mi apreciación de acuerdo a mi experiencia, tanto como profesor, también como postulante y como practicante de las dos disciplinas. Porque a veces se nos ve a los publicistas y a los privatistas como separados, es decir, el publicista tiene una imagen quizá más doctrinal y el privatista una imagen quizá de más técnica, más apegada a los negocios internacionales, a las relaciones privadas (esencialmente a las relaciones de tipo mercantil, ¿no?) y creo que esto, pues, es impreciso.

Se hablaba de la interdisciplinariedad, yo he notado un fenómeno en los últimos años: en los cursos de privado se acercan alumnos de otras carreras. Acabamos de pasar en la Facultad de Ciencias Políticas un proceso de reforma muy importante que nos llevó a incluir una nueva carrera. En la Facultad de Ciencias Políticas hay seis carreras: la más antigua es Sociología, Ciencia Política, Administración Pública, Ciencias de la Comunicación, Relaciones Internacionales y tenemos una nueva carrera, que es Antropología Social.

Bien, yo empecé a notar esta presencia de alumnos de otras carreras en las clases de Derecho Internacional. Bien, ¿esto a qué nos llevó? A pensar en esto –fue muy importante la participación del Dr. Pereznieto- porque ahora en el nuevo Plan de Estudios, que tiene materias comunes. Y una materia que es común para todos los estudiantes de todas las carreras es la materia de Estado, Sociedad y Derecho, por ejemplo, o Derecho Constitucional¸ que incluso ya se da en varias carreras. Pero parece ser ahora que, a los comunicólogos, a los sociólogos, a los estudiosos de la política internacional, de la ciencia política, estudiantes incluso de sociología, de economía, de administración de empresas, etcétera, les está llamando más la atención el Derecho de las relaciones privadas internacionales.

Entonces sí hay una necesidad, en ese sentido, de que nuestros programas de estudio atiendan a esta necesaria inter y multidisciplinariedad, ¿no? Es decir, no es patrimonio ni del Derecho ni de las Ciencias Políticas y Sociales, el Derecho Internacional Privado, y como el Derecho Internacional Privado tiende a ser una disciplina ya naturalmente conectada con otras ciencias, eso es una realidad inmediata.

Dr. Leonel Pereznieto Castro: Muchas gracias. Desafortunadamente, estamos con el tiempo encima, se nos ha corrido, corrido el horario, y yo quisiera hacer una brevísima conclusión de los que es nuestra mesa, porque esto que ustedes escuchan es el principio de un movimiento que hemos iniciado al interior de nuestra Facultad. Estamos convencidos de que la materia del Derecho Internacional Privado es tan importante que, al menos en su proyección en el campo de las Ciencias Sociales, hay que irla adaptando a esas necesidades y lograr su mayor difusión.

La primera conclusión que yo saco de lo que aquí se ha comentado –y pido a la mesa, si omito algún punto fundamental, que me lo hagan saber- es: sí es necesario continuar abriendo la discusión en relación del Derecho Internacional Privado y las Ciencias Sociales, por los cambios sociales, por los cambios económicos, que se han suscitado hoy en día.

Otro punto es el de conclusión, esta discusión es una forma de vinculación con las disciplinas afines al Derecho Internacional Privando, tratando de que la preparación de los estudiantes en Ciencias Sociales encuentre en nuestra materia una fuente valiosa de formación y de información.

En el caso de los especialistas en Relaciones Internacionales, hay que fomentar el estudio del Derecho y hacerles comprender que el Derecho Internacional Privado es esencial para su vida profesional y que, desde luego, habrá que adecuar la materia a sus propias necesidades.

No sé si haya alguna otra intervención ¿sí? Por favor.

Lic. María Virginia Aguilar: Yo creo que agregaría un punto: precisamente a los alumnos, a los estudiantes de las Ciencias Sociales y del Derecho en cuanto a que ahora es un foro de oportunidad esta materia, es éste el momento en que tienen que considerarlo como una necesidad de aprender más y de aplicar mejor, porque es precisamente esto lo que les va a abrir la oportunidad en los campos de trabajo. Gracias.

Dr. José Antonio Murguía Rosete: A mí me gustaría complementar un poco la materia, ¿para qué? Para actualizar determinados aspectos que es indispensable agregarle. Nosotros vemos nacionalidad, y vemos la nacionalidad mexicana, necesitamos ver nacionalidades conforme se manejan en otros Estados (por lo menos con aquellos con los que hoy tenemos una relación mayor, verbigracia: los Estados Unidos), estamos teniendo gente con doble nacionalidad y luego le pedimos que haga cosas, tales como votar, y no nos ponemos a omitir a omitir el hecho de cómo tratan los norteamericanos a aquel que se relaciona con su Estado a través del voto, estamos metiéndolos en un problema.

Entonces tenemos que ver por lo menos un par de Estados, cómo dan la nacionalidad. Se me ocurriría que podría ser España por la relación, y aparte por una serie de consideraciones especiales a los pueblos iberoamericanos.

Dr. Leonel Pereznieto Castro: Gracias.

Dr. Juan Carlos Velázquez Elizarrarás: Bueno, nada más a guisa de sinopsis, y a la luz de lo dicho, y atendiendo al tiempo que ya tenemos encima, yo nada más quisiera nada más puntualizar seis aspectos.

Primero, es fundamental modificar la metodología de enseñanza-aprendizaje de la disciplina. Tenemos que aterrizarlo, tenemos que propender hacia un mecanismo de enseñanza-aprendizaje que rompa con la escolástica tradicional, es decir, ir al seminario interactivo para hacer más comprensible el Derecho Internacional Privado, porque como ya lo señalaban, es una materia que aborda, dice, por un lado, de poca asimilación a veces pasa, pero no saben cómo, no comprenden del todo los procesos del tráfico jurídico. Y segundo, pues, esto requiere preparar profesores en cuanto… dos, esto que señalábamos no es propio de la Universidad Nacional o de las escuelas –las universidades- públicas, sino que esta necesidad de ir adaptando la materia se está dando en varias universidades privadas.

Otro punto nos ha llevado a discusión, cuando uno enseña Derecho Internacional Privado en una Facultad de Derecho a veces considera que el tema de nacionalidad y extranjería ya no es necesario, porque el alumno que ya la va a cursar en semestre séptimo-octavo pues ya llevó –qué sé yo- treinta o cuarenta derechos antes. Y entonces cuando la materia se lleva a discutir en Facultades de Ciencias Políticas y Sociales y en Ciencias Sociales, pues se pretende también pues eliminar nacionalidad y extranjería, y esto a mi modo de ver es imposible. Es decir, necesitamos afianzar, modificar –a la luz de lo que señaló el Dr. Murguía- el tema de nacionalidad y extranjería; lo que requiere es proyectarlo, abrirlo, pero no se puede prescindir de esto.

Otra cuestión es la técnica del ejemplo, el estudio de casos es fundamental manejarlo, ¿por qué? Porque regularmente los tiempos que tenemos, los semestres son muy pequeños, y las carreras tienden a acortarse, ya las carreras tienden a ser entre tres y cuatro años, entonces esto reduce la posibilidad de tener, por ejemplo, en Privado el estudio de la Parte Especial,

¿no? o sea, nos tenemos que limitar a la Parte General y entonces, bueno, ¿cuándo vemos los casos? Ese es un problema que tenemos que revisar.

Y en los nuevos temas que hay que incluir en la agenda, ¿no? Porque regularmente en la agenda del Privado es eminentemente Civil y Mercantil, pero hay otros aspectos, como el Penal mismo, que han abordado, pues, autores como el Dr. Pereznieto, Jorge Alberto Silva y otros más en los libros, pero que son libros ya de Parte Especial.

Dr. Leonel Pereznieto Castro: Muchas gracias. Bueno pues, tenemos todavía unos minutos para poder abrir la mesa hacia el público y recibir la necesaria alimentación y enriquecimiento de sus ideas para la convergencia del Derecho Internacional Privado respecto de las Ciencias Sociales. Así que, por favor, cualquiera que tenga alguna observación, algún comentario… De aquí vemos poco porque estamos deslumbrados con esa lámpara que tenemos enfrente, así que…

Pregunta de la audiencia: Gracias, muy amable. Jesús Aguayo, Facultad de Derecho de la UNAM. Mi comentario es el siguiente: creo que ustedes están pretendiendo modificar, pavimentar, cambiar el programa de la materia de Derecho Internacional Privado de la Facultad de Ciencias Políticas. Las reflexiones, o la reflexión fundamental que creo es: no puede impartirse un Derecho Internacional Privado sin tener el antecedente de conocimiento mínimo de lo que es el Derecho a través de un curso de Introducción al Estudio de Derecho (personas, bienes, sucesiones, contratos).

Todo esto –no sé, porque desconozco cómo se encuentra el contenido de la Facultad de Ciencias Políticas- pero ha habido una modificación, una falta de interés, una posible motivación. Pero si el alumno de Ciencias Políticas desconoce los fundamentos de Derecho, difícilmente va a entender el Derecho Internacional Privado. Creo que introducir la asignatura de Principio del Derecho, Derecho, no sé, Introducción al Estudio del Derecho, dar una panorámica más amplia a efecto de tener sustentados las instituciones, la terminología, y así poder avanzar. Eso es lo que quería comentar. Gracias.

Dr. Leonel Pereznieto Castro: Muchas gracias, profesor Aguayo. La pregunta es absolutamente pertinente, lo que podría yo responder, a reserva de que la mesa exprese su opinión, desde hace veinte años se aprobó la materia de Introducción al Estudio del Derecho que la tenemos, la teníamos, hasta éste el año pasado en la carrera. Sí, esa materia ayudó bastante a la comprensión del Derecho Internacional Privado y de otras materias, sin embargo, en esa materia –en la de Introducción– tuvimos un cambio como éste que estamos iniciando en el Internacional Privado, y ese cambio se reflejó en una muy rica discusión entre los representantes de las cinco carreras –que ahora son seis- que se componen nuestra facultad.

Y se eliminó la materia de Introducción al Estudio del Derecho, para fundirse en una materia que nosotros creemos, es más idónea, para los jóvenes que comienzan sus estudios en Ciencias Sociales que se titula Estado, Sociedad y Derecho. Tal y como la discutimos y aprobamos el cambio y el plan de estudios y lo aprobó ya nuestro Consejo Técnico, la materia tiene cinco grandes unidades, de las cuales dos unidades están destinadas precisamente a la comprensión –lo más completo posible- de los fundamentos y los principios del Derecho. Esperamos que, con esa, con esa profundización que estamos haciendo de los temas de Derecho en esa materia tan amplia, no sólo el joven estudiante entienda lo que es el Derecho, sino que lo entienda cómo para efectos de la especialidad social de que se trate.

El Estado se nos muestra a los juristas como una solución acabada jurídica, y eso no es cierto, el Estado es un proceso social, es un proceso político muy profundo, que los juristas lo único que hacemos es instrumentarlo, pero la discusión de fondo no es nuestra.

Y ojalá que éste cambio de la materia de Estado, Sociedad y Derecho pueda repercutir en las Facultades de Derecho para empezar a modificar los viejos esquemas jurídicos de nosotros los abogados, que tenemos una concepción -a nuestro entender- acabada del mundo, cuando no es cierto, no es verdad. Ya en un mundo como éste, los juristas tenemos que empezarnos a asomar a un panorama más amplio en nuestro conocimiento del mundo.

Dr. Juan Carlos Velázquez Elizarrarás: Sí, perdón. Nada más como complemento. La pregunta es muy conveniente, por supuesto. Por eso comentaba yo, la impartición y enseñanza de la materia no es lo mismo en alguna Facultad, como es la de Derecho, que acá con nosotros.

Bueno, ahora me voy a referir al nuevo plan ahora nuevamente ahora qué materias se están contemplando. Insisto, es todo un proceso –largo- y ya tenemos el plan de estudios ya aprobado.

Hay ahí una primer materia que –quiero insistir, éstas materias son, éstas dos primeras son para todas las carreras, ¿no?- una se llama Pensamiento social y político moderno, en donde una parte del contenido de ese programa se dedica a la fenomenología del Derecho, en su pensamiento social y político moderno, una parte es pensamiento jurídico (es la historia de las ideas jurídicas); la segunda materia –éste es primer semestre-en la segunda maeria, ya hizo referencia el Dr. Leonel, se sustituye Introducción al Estudio del Derecho que se impartió dieciocho años –que no fue fácil, por cierto, introducir, meter la materia en una Facultad como la nuestra- ahora es Estado Sociedad y Derecho.

En tercer semestre se imparte ya ahora Derecho Constitucional, porque durante veinte años se dio Derecho Constitucional Mexicano, pero vimos que la visión era muy constreñida a lo mexicano, entonces planteamos Derecho Constitucional, y una de las grandes unidades de esta materia se refiere al Derecho Constitucional de México.

Ya en tercer semestre –éste es primero, segundo, en tercero-, en cuarto semestre se da Derecho Internacional Público y en quinto ya se va a dar en quinto la materia es Derecho Internacional Privado, esa sería más o menos la secuencia.

Dr. José Antonio Murguía Rosete: Tiene toda la razón. Impartir la materia de Derecho Internacional Privado entrando a toda la serie de detalles que tiene en aspecto jurídico es una complicación. Tenemos que hacer mucho trabajo para que los chicos puedan entender y moverlo; los chicos no están completamente ajenos al Derecho: antes de tener nosotros la materia de Introducción al Estudio del Derecho establecida, teníamos un paquete jurídico fuerte en los primeros cuarenta años de la Facultad, teníamos, por ejemplo, Derecho Civil y Notariado un par de semestres; entonces era otro tipo de concepción. A eso ha evolucionado, a modo de podernos ir adecuando a un nuevo esquema de trabajo y un nuevo esquema de gentes.

Por fortuna, en la Facultad tenemos la ventaja de que los profesores del Derecho Internacional Privado también son profesores de Derecho Internacional Privado en la Facultad de Derecho o en las Facultades de Derecho de otras universidades. Y sí, el cambio de ambiente es muy fuerte, pero tratamos de subsanarlo a base de ir supliendo las carencias, que luego son muchas, de los estudiantes.

Dr. Leonel Pereznieto Castro: Profesora Aguilar.

Lic. María Virginia Aguilar: Jesús, yo creo que tocaste el tema toral. Cuando inicié dando clase de Derecho Privado en la Facultad de Ciencias Políticas –que previamente lo daba a distancia en la Facultad de Derecho-, sin duda, uno de los puntos importantes era por lo menos que los muchachos supieran lo que mínimamente debemos saber de obligaciones y contratos, porque si no sabían contratos pues ¿de qué manera podíamos aterrizar una serie de ideas? Con además un problema importante: que en la Facultad de Derecho se da en dos semestres, o sea, la parte General y la parte Especial, y aquí tenemos que constreñir todo a un solo semestre. Entonces yo insisto en que sí, pero yo creo que con este cambio de programa se va a superar muchísimo todo.

Dr. Leonel Pereznieto Castro: Ya se nos fue la hora, ya tenemos que terminar. Nada más quisiera agregar un punto de tipo histórico para la mayor comprensión de lo que estamos diciendo, y lo que estamos discutiendo, y sobre todo de todo aquello que nos falta por hacer, que es muchísimo. La Facultad de Ciencias Políticas, o más bien, la carrera de Ciencias Políticas, la disciplina de Ciencias Políticas era parte de la Facultad de Derecho, así fue fundada, como Facultad de Derecho y de Ciencias Sociales, a la usanza francesa.

Hubo una revolución en la Facultad de Derecho hace cincuenta años, en la que los profesores de Ciencia Política consideraron que ya no era el momento de seguir compartiendo techo con los juristas y pidieron su autonomía y se fueron a otro lado.

Los que ingresamos –yo tengo cuarenta y tres años de profesor en la Facultad de Ciencias Políticas-, los que ingresamos poco después de esa época del conflicto nos dimos cuenta de que definitivamente nadie quería que adicionáramos una coma más de Derecho a lo que ya estaba previsto en nuestros planes de estudio. No obstante, los aquí presentes, tanto el Dr. Velázquez que era un estudiante –siempre destacado- y por supuesto, el Dr. Murguía Rosete y un servidor, fuimos los que empujamos la puerta hace veinte años para que quedara como materia obligatoria Introducción al Estudio del Derecho, y somos nosotros mismos los que a lo largo de éstos años llegamos ahora a la conclusión de que la disciplina de Introducción al Estudio del Derecho no cubría las necesidades del aprendizaje de nuestros estudiantes, y nos dimos a la tarea de cambiar esa disciplina de Introducción al Estudio del Derecho por Estado, Sociedad y Derecho, que yo insisto, deberá ser una lucha que nosotros tengamos frente a las Facultades de Derecho para irlas cambiando; si las Facultades de Derecho son excesivamente conservadoras, nuestra Facultad no lo es. Y nuestra Facultad, dentro de la UNAM, por supuesto, deberá de servir como factor de cambio. Muchas gracias.

(Aplausos)

Dr. Juan Carlos Velázquez Elizarrarás: A la persona que quería preguntar algo, lo podemos hacer, nos puede preguntar.

Dr. Leonel Pereznieto Castro: Es que no se ve bien. Adelante, por favor. Perdón, es que los reflectores éstos son…

Pregunta de la audiencia: No se preocupe. Muchas felicidades a los ponentes en la mesa. Soy Rosa Elvira Vargas, profesora de la Facultad de Derecho de la UNAM. Buena parte de la plática que ustedes han vertido es, está enfocada a la enseñanza de las nuevas generaciones, pero tengo una preocupación: ¿qué hacemos para enseñar a los operadores jurídicos, en específico a los servidores públicos que están ocupando cargos importantes, para que apliquen el Derecho Internacional? Pensemos en jueces, hay una cuestión incluso generacional, quizá ellos no tengan la fortuna, como los muchos de nosotros, de divisar un Derecho Internacional actual, vigente, palpable.

Este proceso de globalización entonces ya es evidente –esas generaciones no tuvieron quizá esa oportunidad-, buena parte entonces de los problemas internacionales que tiene México, en instancias internacionales, ha sido derivado de que esos servidores públicos no saben qué hacer con el Derecho Internacional. La pregunta concreta: ¿qué hacemos entonces con esas personas, esos servidores públicos que no tienen esa formación en Derecho Internacional, qué hacemos para enseñarles? Y redimensionar esa tarea. Muchas gracias.

Dr. Leonel Pereznieto Castro: Lo que ofrecemos nosotros en la UNAM son cursos de Educación Continua. Perdón, Señor Magistrado, usted también quería agregar. A ver, por favor. Disculpen que haya yo cerrado, lo que pasa que ya los organizadores me están poniendo un foco rojo de que ya terminamos, sí.

Respuesta de la audiencia: Le contesto en un minuto. La pregunta me parece muy interesante. Perdón, mi nombre es Óscar Cervera, soy Magistrado en la Segunda Sala Familiar y soy Juez de Enlace mexicano y organicé redes dispuestas de jueces de La Haya en México –participo en ellas- precisamente por el punto que usted tocaba: ¿cómo hacemos los operadores del Derecho, los que ahorita estamos resolviendo, dirimiendo las controversias que tienen que ver con la aplicación del Derecho Internacional Público o Privado si no respondiéramos con la intensidad con la que ustedes lo están haciendo ahorita? Entonces se ha generado un esquema de juicios o jueces de jurisdicción concentrada que son capacitados, que son capacitados a nivel nacional, a través de jueces para la asistencia para la infancia, en primer término, y para la aplicación de la normatividad internacional.

Se está propugnando por una Escuela Judicial, somos generaciones pasadas, pero todavía nos sube agua al tinaco, un poquito para que también sepan ustedes que sí se están haciendo cosas desde los Tribunales Superiores de Justicia, y sí se están haciendo cosas desde el Instituto de la Judicatura Federal, tenemos aquí una Escuela Judicial. Y se va a abrir una Escuela Nacional de Jueces próximamente, probablemente el año próximo ya la tengamos en operación, y se dan una serie de capacitaciones a nivel nacional con mucha puntualidad y con mucha vocación en la materia internacional, porque hemos logrado también que México sea considerado como un país que –no lo hemos logrado tres o cuatro gentes, sino lo hemos logrado la Secretaría de Relaciones Exteriores de la Política Exterior Mexicana, etcétera- que México sea reconocido como un país con vocación de cumplimiento, de las Relaciones Internacionales. Muchas gracias.

Dr. Leonel Pereznieto Castro: Señor Magistrado, le pediría yo que, para explicación del público, dos palabras sobre la Red, sobre la Red de La Haya.

Respuesta de la audiencia: Correcto. Operamos en dos tipos de redes: una que es la Red Internacional de Jueces de La Haya, que es una red que tiene como responsabilidad designar jueces de enlace en cada uno… (me voy a pasar de este lado si es posible, porque me da pena dar la espalda). Entonces trabajamos en dos sentidos: por un lado, los jueces que forman, los panelistas que forman parte de la Convención de La Haya tienen que designar jueces de enlace, éstos jueces de enlace son jueces que se preparan de manera muy intensa en el conocimiento de la Convención –en éste caso de la Convención de La Haya sobre Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores- y tiene una responsabilidad, tiene la responsabilidad de fungir como vínculo entre los países que son, – nuevamente tres países son los que son los que actualmente han suscrito ésta Convención- y que tienen que fungir entonces como vínculo y también como guía orientadora en la aplicación de la Convención, en los casos específicos en los cuales se presentan solicitudes de restitución de menores ante los jueces en cualquiera de los estados de la República Mexicana.

A través de la red de jueces lo que hemos intentado es capacitar jueces en todas las entidades federativas. Ustedes, si vienen de Chiapas, de Baja California, de Yucatán o del Estado de México, deben de saber que desde el 2010 se constituyó esta red y todos los estados de la República tienen, cuando menos, debidamente capacitados a tres o cuatro jueces que de manera frecuente vienen a actualizarse en los conocimientos en la implementación de la normativa, en la forma de llevar los procedimientos, respetando a los Derechos Humanos y particularmente respetando el debido proceso. Esa sería un poquito la idea de tener esta red, y no solamente la red internacional, sino que también esta idea de ensamblar con la red nacional de jueces. Y tratamos, como Estado Mexicano, de dar cumplimiento a esta responsabilidad.

Dr. Leonel Pereznieto Castro: Muchas gracias, muchas gracias a todos.

Maestro de ceremonia: Solicitamos la participación de los miembros de la Segunda Mesa y damos el reconocimiento a través del Dr. Leonel Pereznieto Castro. Muchas gracias.

Dr. Leonel Pereznieto Castro: Para el Dr. Antonio Murguía Rosete, nuestro reconocimiento por su participación en la Mesa, para la profesora María Virginia Aguilar también, y para el Dr. Juan Carlos Velázquez Elizarrarás. Muchas gracias.